
Rumbo a la excelencia
GASTOS DE AÑOS ANTERIORES
15.12.2013 19:33GASTOS DE AÑOS ANTERIORES.
CASO PRACTICO
En mayo del 2013 el departamento de contabilidad de una empresa recibe del área de administracion comprobantes de pagos por servicios de terceros prestados en el año 2012, por un monto de 20,000.00 en la elaboración de los estados financieros del 2012 no fueron incluido, pero respecto de los cuales se tomo el crédito fiscal ascendiente a s/.3,600.00, asimismo,se sabe que dichos comprobantes fueron cancelados recién en el 2013.
2- TRATAMIENTO CONTABLE.
De acuerdo al marco conceptual para la preparación y presentación de los estados financieros , estos deben elaborarse bajo el postulado fundamental de criterio del devengado que requiere , acorde con el párrafo 22 del marco conceptual , que los efectos de las transacciones y los demás sucesos se reconozcan cuando ocurran , registrándose en los libros e informando en los estados financieros de los periodos con los cuales se relacionan , Cabe indicar para efectos contables no resulta importante en que a la fecha del registro no se cuento con el respectivo comprobante de pago, toda ves que el servicio es real y la obligación de pagar al tercero por el servicio presente.
De lo anterior , el caso planteado de servicio prestado por tercero en el mes de diciembre , estos debieron registrarse en los libros contables del ejercicio 2012 .Por consiguiente , de no haberse efectuado de manera oportuna se incurre en un error por omisión de gastos , que debe corregirse conforme lo establece la NIC 8.
Según la precitada NIC, lo errores se deben corregir de acuerdo con el método de la reempresion retroactiva , por el cual el caso planteado en el ejercicio que de detecta el error (2013) se efectúa el reconocimiento de los gastos por los servicios recibidos como si el error no se hubiera cometido nunca , afectando al resultado acumulado tal como a continuación se muestra .
ASIENTOS CONTABLES
59 RESULTADOS ACUMULADOS S/.20,000.00
592 .Perdidas acumuladas
5922 gastos de años anteriores
40 Tributos ,contra.y aport. al sist.Pens.y de Salud por pagar 3.600.00
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -TERCEROS 23,600.00
421 Facturas , boletas y otros comprobantes
Por los gastos omitidos en el año anterior
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42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 23,600.00
421 Facturas , boletas y otros comprobantes
10 EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO 23,600.00
101 Caja
Por la cancelación de la factura en el año 2013
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3- TRATAMIENTO TRIBUTARIO
A efectos del impuesto a la renta , los gastos de ejercicios anteriores no resultan deducibles, toda vez que el contribuyente debe conocer los servicios que se brindaron en el ejercicio 2012, dado que conforme en el dispuesto por el articulo 57 de la ley del impuesto a la renta solo se permite deducir en el caso por razones ajenas no lo hubiera sido posible conocer el gasto.
En relación con el IGV , se puede observar que la empresa aun tendría derecho a utilizar el crédito fiscal y ello es así , dado que la empresa cumpliría con los requisitos señalados en el art.18 de la ley del impuesto general a las ventas , asimismo atendiendo que existe un plazo de 12 meses para hacer uso del crédito fiscal
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